1. LAS DIMENSIONES EN LAS QUE SE SUSTENTA LA CONSTRUCCIÓN DE LOS PEIC Y LOS PA.

a.- Dimensión Axiológica
A partir de la promulgación de la Ley Orgánica de Educación, la concreción de la intencionalidad de la educación se ha visto fortalecida con el establecimiento de principios, valores y fines coherentes con la visión de país, propuesta en la Constitución y en el Proyecto Nacional Simón Bolívar, donde la ética y la moral socialista, toma como principal objetivo la suprema felicidad del ser humano y de allí se construyen las bases filosóficas e ideológicas que sustentan los fines, principios y valores de la educación. Asimismo, propone una educación de principios éticos que le dan sentido, carácter y fortaleza constructora al comportamiento humano, es decir, aquello que le da unidad al devenir biográfico y forma la dimensión ética de las personas.
Esta visión de país, se concreta en la escuela y debe verse claramente al abordarse la planificación por proyectos, desde el PEIC hasta el PA, de manera tal que estos procesos fortalezcan los principios de democracia participativa, responsabilidad social, la igualdad y la formación para la libertad, la independencia, la justicia, la soberanía. Considerando en este marco como valores fundamentales, el respeto en todas sus dimensiones, la convivencia y la valoración social y ética del trabajo a partir de una educación de calidad para todas y todos, con pertinencia social innovadora, crítica y pluricultural (artículo 03 de la LOE), orientada al desarrollo del potencial creativo de cada ser humano para apreciar, asumir y transformar la realidad, (art 04 de la LOE).
Partiendo de esas premisas y asumiendo la educación como un deber social fundamental, se asume el postulado robinsoniano que plantea: “El dogma de la vida social es…estar continuamente haciendo la Sociedad sin esperanza de acabarla, porque con cada hombre que nace, hay que emprender el mismo trabajo,…” (Rodríguez S. citado por Prieto C D en Utopía y Comunicación en Simón Rodríguez, p 56); Este dogma de la vida social determina que el proceso de planificación sea continuo, permanente, inacabado, cíclico, lo que le otorga una propiedad de movimiento que dinamiza el proceso de desarrollo curricular para la construcción de la nueva escuela y la nueva ciudadanía.
La planificación por proyectos permitirá, desde la problematización de la realidad y el desarrollo curricular la articulación de forma permanente, el aprender a ser, a conocer, a hacer y a convivir, para desarrollar armónicamente los aspectos cognitivos, afectivos, axiológicos y prácticos, y superar la fragmentación, la atomización del saber y la separación entre las actividades manuales e intelectuales para alcanzar así un nuevo modelo de escuela definido en la LOE (Art. 6, numeral 3, literal d) concebida como espacio abierto para la producción y el desarrollo, el quehacer comunitario, la formación integral, la creación y la creatividad, la promoción de la salud, la lactancia materna y el respeto por la vida, la defensa de un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, las innovaciones pedagógicas, las comunicaciones alternativas, el uso y desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación, la organización comunal, la consolidación de la paz, la tolerancia, la convivencia y el respeto a los derechos humanos.(Art.6, numeral 3, literal e, LOE).
El nuevo modelo de escuela, como contexto público, tiene como particularidad, estar definido en la LOE y de acuerdo a la Constitución: como espacio abierto del quehacer comunitario y eje de desarrollo local; por tanto, las políticas nacionales con la escuela, el entorno, el barrio, la calle, donde se educa, se aprende, se hace deporte, se crea cultura, se trabaja, se vive deben articularse a fin de concretar ese nuevo modelo de institución escolar. Esta La escuela reconoce la noción de colectividad, a través del ejercicio democrático, desarrolla ideas y acciones transformadoras de lo escolar y su entorno socio-cultural, en el marco de valores sociales que apoyan la sociedad que se construye actualmente en el país.
Históricamente la institución escolar y la educación reprodujeron capitalismo, exclusión, individualismo, cognitivismo, fragmentación y desvinculaciones con nuestra propia identidad, dominantes, cargadas de valores propios de otras realidades. La educación no marchó al paso de los cambios e impuso al país, limitaciones a su grandeza, a su desarrollo, alejándose de la premisa robinsoniana: “inventamos o erramos”; y por ende, de la relación educación – desarrollo destacada en el Pensamiento del Libertador. En tal sentido, Rojas (2007), propone que para alcanzar esa grandeza, la educación debe marchar al paso de la revolución, romper definitivamente con las cadenas para lo que debemos demoler el viejo régimen desde lo ideológico, asumiendo con profundidad la moral y las luces como nuestras primeras necesidades, es por ello que la educación venezolana está fundamentada en el pensamiento Robinsoniano, de manera tal que partiendo de sus postulados podemos sustentar los principios y valores de la educación.

b.- Dimensión epistemológica
Desde el paradigma socio-crítico, según Silva María (2007) el conocimiento se construye, por una parte, desde el diálogo de saberes democrático e incluyente, reconociendo saberes previos, populares, históricos, culturales, cotidianos y académicos, entre otros. Al mismo tiempo, permite la integración y participación de saberes en colectivo, siendo estos los medios fundamentales de la concienciación y liberación, tal como afirma Paulo Freire (2002) “…en la teoría dialógica de la acción, los sujetos se encuentran, para la transformación del mundo en colaboración”. Es a partir de esta relación dinámica entre teoría y práctica, que las ideas y experiencias se suscriben al enfoque geohistórico con la finalidad de generar saberes emancipadores.
Es importante señalar que desde el paradigma sociocrítico, la escuela del nuevo tiempo, como manifiesta Pérez (2009) involucra a la comunidad en los procesos de investigación, de esta manera, se deberá tomar en cuenta la totalidad concreta a través del criterio de inclusividad, y la participación en la gestión escolar comunitaria, esta debe trascender activamente lo meramente formal para convertirse en procesos de investigación-acción. Asimismo, el intercambio vivencial intersubjetivo, debe transformarse en discusión permanente, en encuentros y desencuentros de saberes cotidianos con saberes escolarizados para alcanzar la universalización del conocimiento. (Artículos 17, 18, 19 y 20 de la LOE)
Podemos decir entonces, que la epistemología es el modo de producción de conocimiento, toma en consideración el diálogo de saberes con lo ancestral, lo diverso, el pensamiento crítico, y es el nexo entre el saber y el hacer, la conexión entre las actividades manuales e intelectuales. (Artículo 6, numeral 3, literal d y h, numeral 4, literal a, Artículo 14 y 15 numeral 3 y 8 de la LOE.).
El modo de producción del conocimiento pasa por plantear que el verdadero aprendizaje humano es una construcción de cada individuo que logra modificar su estructura mental y alcanzar un mayor nivel de diversidad, complejidad e integración; es decir, es un aprendizaje que contribuye al desarrollo de la persona como individualidad y como parte de un colectivo social.
En la acción del aprendiz sobre su realidad circundante, interacciona su razón (esquemas y conocimientos previos) con lo real (objetos, personas y situaciones del ambiente). Ahora bien, esa es una realidad humanizada, tiene una intencionalidad y una funcionalidad determinadas por seres humanos, por lo cual, para aprehenderla se requiere de la acción mancomunada, del apoyo de otros seres humanos o de mediadores (familias, docentes, compañeros/as, otras personas significativas.
El espíritu del humanismo social encarna en la participación, porque propicia la problematización de los saberes individuales hacia lo colectivo, y promueve la imaginación creadora como una condición para concebir un mundo diferente, cooperativo, solidario y socialista, desarrollando un proceso educativo que eleve la conciencia para alcanzar la suprema felicidad social.
Desde esta perspectiva, la educación debe desarrollar una nueva cultura política, fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento del poder popular, en la democratización del saber y la promoción de la escuela como espacio de formación de ciudadanía y de participación comunitaria abierta hacia las transformaciones sociales (Art. 15 numeral 2 de la LOE).
De manera tal que el intercambio de teorías y prácticas sociales, experiencias, saberes populares y ancestrales se fortalezcan para afianzar la identidad de los pueblos desde la integración privilegiando así la relación geoestratégica con el mundo, respetando la diversidad cultural. (Art. 6, numeral 5, literal b LOE).
c.- Dimensión Pedagógica
El proceso pedagógico se fundamenta en el desarrollo de una didáctica centrada en procesos que tiene como eje la investigación, la creatividad y la innovación (Art. 14, LOE), desde la interacción dialógica y la construcción colectiva del conocimiento en el que todas y todos se reconocen como sujetos autoras/es y actoras/es del hecho educativo, bajo la premisa del aprender investigando, conocer transformando.
La integralidad en el proceso de aprendizaje permite superar la separación entre asignaturas desvinculadas, entre teoría y la práctica, especialistas e integradores que se reflejan en el aula con la copia, la caligrafía y el dictado, actividades que frustran cualquier proceso creativo de escritura y lectura, que no permiten descubrir la intencionalidad de para que leo y escribo. Por otra parte el uso excesivo del pizarrón, el culto al libro de texto que propone la editorial y no el maestro como investigador, la reproducción y memorización de contenidos, el uso de un solo método para la apropiación de códigos lingüísticos, la organización del aula por horarios rígidos donde se distribuyen los contenidos prediseñados por asignaturas, distribución del espacio de manera lineal, evaluación punitiva que descansa en la aplicación de instrumentos cerrados con la visión de medir conocimientos. Estas son algunas prácticas pedagógicas que bloquean un proceso formativo transformador.
La integralidad garantiza el desarrollo integral de ciudadanos y ciudadanas, articulando de forma permanente el aprender a ser, a conocer, a hacer y a convivir (artículo 6, numeral 3, literal d) desde el desarrollo de una práctica pedagógica que se basa en el diálogo de saberes reivindicando las maestras y maestros pueblo, la construcción social, contextualizada y pertinente desde una visión transdisciplinaria, que permita el desarrollo pleno del ser humano y su incorporación al trabajo productivo, cooperativo y liberador.
En esta perspectiva la integralidad cuando es utilizada por el maestro o la maestra como un elemento didáctico, consiste en organizar el conocimiento atendiendo las potencialidades e intereses de los y las estudiantes, formándolos/as para que sean capaces de afrontar situaciones futuras. Es decir, no se trata que adquieran conocimientos o habilidades por separado, desconectadas entre sí, sino conjuntos de capacidades, conectadas con la realidad.

En el marco del nuevo modelo de escuela, la educación debe permitir que el ser social se apropie de lo geohistórico, asumiendo políticas conscientes de nacionalidad y soberanía. Desarrollándose en la escuela situaciones pedagógicas propias de cada ambiente que hacen del acto pedagógico el hecho más simple y al mismo tiempo más complejo.
“La escuela debe mantener un vinculo fuerte con prácticas sociales emancipatorias…tiene que apoyarse en la realidad, en las vivencias comunitarias y en las representaciones que tiene el escolar sobre la familia, el barrio, la calle, los amigos. La escuela como espacio público autónomo, debe impulsar la creatividad y propuestas pedagógicas que reivindiquen la relación ser-conocer-hacer para vincular al sujeto en prácticas escolares concientizadoras”. (Enrique Pérez Luna, Reflexiones sobre Socialismo en el Siglo XXI, 2009)
Se asume la investigación en la didáctica desde el enfoque geohistórico y la formación permanente, promoviendo el desarrollo curricular con pertinencia socio-cultural, afectiva, cognitiva, y valorativa de los aprendizajes, que garantice la formación para la participación protagónica, consciente y solidaria en los procesos de transformación individual y social.
Paulo Freire (1984) plantea: “Tanto en el caso del proceso educativo como en el del acto político, una de las cuestiones fundamentales es la claridad en relación a saber de quien y de que, y por tanto contra quién y contra qué, hacemos educación y a favor de quién y de qué, y por tanto contra quien y contra que desarrollamos la actividad política. Entonces entendemos con facilidad que no es posible ni tan solo pensar la educación sin estar atentos a la cuestión del poder”
Evidentemente, la formación integral apunta hacia el aprendizaje con pertinencia social, garantizando las condiciones y oportunidades para el trabajo social liberador, vinculado al desarrollo endógeno, productivo y sustentable que potencie la capacidad de abstracción y el pensamiento crítico con métodos innovadores que privilegien el aprendizaje desde la cotidianidad y la experiencia.(Art. 8 y 15 LOE)
d.- Dimensión político-organizativa
Antes de la Constitución de 1999, existía la democracia representativa, las venezolanas y venezolanos decidían por el voto en unas elecciones cada cinco años, esos representantes electos, ejercían el control total sobre la sociedad. Al establecerse una nueva concepción de Estado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es definido como Democrático y Social de Derecho y Justicia, dando poder al pueblo, estableciendo corresponsabilidad entre el Estado y las familias para la construcción de una nueva geometría del poder que se concreta en los mecanismos de participación y organización popular, el cual plantea un desarrollo de abajo hacia arriba, es decir desde la comunidad hasta el poder público.
Un poder que se establece en la Constitución en los artículos (166, 182 y 185 respectivamente) a través de los Consejos Locales de Planificación, los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y el Consejo Federal de Gobierno, para acercar más al pueblo para decidir sobre lo público (ejercicio de la democracia protagónica). Posteriormente promulga la Ley Orgánica de los Consejos Comunales como gobierno local, reconociendo la condición de sujetos de derechos de los venezolanos y venezolanas para promover, ejercer, defender y exigir sus derechos en una relación de poder horizontal que debe expresarse en todos las instancias de concurrencias del poder público, tanto en su estructura vertical (Nacional, estadal, municipal y comunal) como en la horizontal (Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral), implicando esto, que esa estructura del poder público debe tener expresión concreta en todas las comunidades, siendo la escuela parte de esa estructura de poder.
El ejercicio de este poder ciudadano va a exigir de la formación de una nueva ciudadanía, en la que cada ciudadano sea capaz de ocuparse no sólo de sus intereses individuales, sino también de los asuntos públicos en corresponsabilidad con el Estado; que haga realidad la mayor suma de felicidad posible para todas y todos los venezolanos.
La Ley Orgánica de Educación establece el mandato de concretar la organización de la escuela, como un espacio abierto que contribuye con la educación integral, la formación y fortalecimiento de los valores éticos humanistas, desde la realidad histórica, geográfica, cultural, ambiental, conservacionista y socioeconómica de la localidad, ejerciendo un rol pedagógico liberador para la formación de una nueva ciudadanía con responsabilidad social (Art. 18 LOE)
La organización de la gestión del proceso educativo concreta el ejercicio de los derechos políticos consagrados en la CRBV, cuando los actores internos de la escuela: docentes, niños, niñas, adolescentes, sus familias, trabajadores administrativos y trabajadoras administrativas, obreros y obreras, así como los actores externos: consejos comunales, personas naturales y jurídicas y organizaciones sociales comunitarias en el ejercicio de la corresponsabilidad, se encuentran para formular, ejecutar, controlar y evaluar la gestión educativa (Art. 19 LOE), a través de la construcción y puesta en práctica del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y Proyectos de Aprendizaje (PA) contextualizados.
Estos colectivos se organizan a través de consejos (consejo de docentes, consejo de estudiantes (Art. 21 LOE), consejo de trabajadores y trabajadoras; consejo comunal, consejo de familias y otras vocerías de la comunidad organizada, respaldadas en sus asambleas de ciudadanas y ciudadanos, que ejercen el protagonismo y soberanía del mandato en la función pública escolar.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

REALMENTE UN MATERIAL DE COMPLEMENTO MUY BUENO. FELICITACIONES.
ME HA SERVIDO EN APOYO DE MIS ESTUDIOS.

Anónimo dijo...

REALMENTE UN MATERIAL DE COMPLEMENTO MUY BUENO. FELICITACIONES.
ME HA SERVIDO EN APOYO DE MIS ESTUDIOS.